La Seguridad Social es reconocida por todos los ciudadanos como una protección social proveniente del Estado. En estos tiempos en los que se ha desatado una crisis mundial ocasionada por el coronavirus; aumentan las solicitudes ante la Seguridad Social. Tantos trabajadores en alta, los dados de baja y los autónomos, pueden beneficiarse por pertenecer a la Seguridad Social. En España, la Seguridad Social está regulada por la Ley de la Seguridad Social.
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Beneficios de cotizar en la Seguridad Social
Lo primero que debes saber, es que la Seguridad Social cuenta un sitio web oficial, en el cual se puede pedir cita en la tesorería de la seguridad social. Este sitio permite realizar los trámites necesarios y obligatorios para cualquier solicitud, como la cita previa.
Si perteneces a la Seguridad Social, estos son algunos de los beneficios que puedes disfrutar:
Asistencia sanitaria
Se trata de una prestación de salud que incluye atención y servicios médicos y farmacéuticos. La finalidad es proteger la salud de los beneficiarios y su aptitud hacia el trabajo. Puede incluir tratamientos, así como rehabilitación física que permita a un trabajador recuperarse. De igual manera, la hospitalización del titular y sus beneficiarios.
Además de cuidar el estado físico del trabajador, debe velar por el estado mental de los mismos. Siempre puedes informarte sobre todos los beneficios que incluye esta asistencia para ti y tus beneficiarios.
Prestación de maternidad y de paternidad
El nacimiento de un bebé es uno de los momentos más especiales e importantes en la vida de los padres. Sin embargo, este momento también implica serias responsabilidades, a las cuales se les puede sumar la pérdida de empleo, interrupción del contrato, disminución de ingresos, etc.
Ante dichas situaciones, la Seguridad Social ofrece a sus afiliados, una prestación económica mensual. El subsidio corresponde al 100% de la base reguladora vigente. Quienes hayan acogido o adoptado a un niño, también pueden disfrutar de estos beneficios.
Prestación de incapacidad temporal
Como su nombre lo indica, es un subsidio para aquellos trabajadores que de forma temporal no puedan continuar ejerciendo sus funciones. Ante esta situación, el trabajador debe ser protegido para garantizar los ingresos necesarios que le permitan mantenerse y a su familia.
Esta incapacidad puede originarse por un accidente o por una enfermedad temporal y que requiera de asistencia sanitaria. Si los accidentes no son laborales y se trata de una enfermedad común; el trabajador recibirá una cuantía de 60% de la base reguladora vigente. Se otorgará este beneficio desde el cuarto día de la incapacidad, hasta el día 20. Si supera los 20 días, será de 75%.
Ahora bien, cuando se trate de una enfermedad o accidente laboral y que se relaciones con el empleo; el trabajador recibirá el 75 % de la base reguladora vigente desde el siguiente día de haber sido dado de baja.
Pensión de incapacidad permanente
Un trabajador también puede sufrir una enfermedad o accidente que lo inhabilite laboralmente de forma indefinida. En este caso, la modalidad contributiva de la Seguridad Social cubre la pérdida de rentas de este trabajador. La incapacidad permanente puede ser:
- Permanente parcial: se trata de la pérdida del rendimiento laboral por debajo o igual al 33%.
- Permanente total: este tipo de incapacidad implica un cambio de actividad laboral. Es decir, debido al accidente o enfermedad, el trabajador no puede seguir cumpliendo con sus funciones; pero si puede llevar a cabo otras funciones que no impliquen tanto esfuerzo.
- Gran invalidez: en este caso, el trabajador no puede realizar ningún tipo de trabajo y, además, requiere asistencia diaria para realizar acciones que resultan esenciales.
- Permanente absoluta: es cuando un trabajador no puede ejercer ningún tipo de trabajo u oficio.
La cuantía de la incapacidad permanente dependerá del tipo de incapacidad que haya recibido el trabajador.
Pensión de jubilación
Es un subsidio que permite la protección de los ingresos de un trabajador, al llegar la edad de cesar sus funciones. El trabajador puede cesar definitivamente o reducir las horas de trabajo, lo que también implica una disminución de ingresos.
Aplica a trabadores por cuenta propia o ajena. Para optar por esta pensión, el trabajador debe haber cotizado al menos por 15 años. Esta pensión expira con la muerte del beneficiario.